jueves, 28 de mayo de 2015

SISTEMA ELECTORAL ESPAÑOL

EL SISTEMA ELECTORAL ESPAÑOL 


En España el sistema electoral tiene une larga historia que se inicia a principios del siglo XIX, en circunstancias extraordinarias provocadas por la invasión del país por el ejército de Napoleón. El vacío de poder creado facilitó la convocatoria, por una Junta Central que encabezó la resistencia , de una asamblea nacional (las Cortes) en la ciudad-puerto andaluza de Cádiz, cuyos diputados venidos de todas las regiones de la metrópoli y de ultramar fueron elegidos por sufragio popular (según la "Instrucción para la elección de los diputados" de 1810 que fué unida a la convocatoria y que constituyó el primer embrión de ley electoral). Esta asamblea en su primera sesión se declaró soberana y constituyente, transformándose en el primer parlamento moderno de la historia española que concluyó con la promulgación de la Constitución de 1812, texto de clara inspiración liberal (el termino liberal aplicado a la política toma internacionalmente su origen en el nombre que se dio al grupo de diputados progresistas en el parlamento reunido en Cádiz) y que siempre ha representado para los españoles el símbolo de las libertades políticas. La redacción de esta primera Constitución en lengua española que recogió muchas ideas de la revolución francesa y fórmulas de la Constitución de los Estados Unidos, se inspiró igualmente en las viejas tradiciones democráticas de los municipios españoles, que recuperaron en el texto constitucional de 1812 su antigua condición de instituciones electivas (los municipios en la historia política y democrática española han sido siempre una pieza clave para la defensa de las libertades).



Enfoque Jurídico y Funcional del Sistema Electoral
El sistema electoral español, en tanto que instrumento cuya finalidad última es garantizar un sufragio igualitario y democrático y dar traducción a los votos en términos de representación política, ha sido un modelo lo suficientemente eficaz (ha permitido mayorías y gobiernos relativamente estables, así como la alternancia en 1982 y 1996) como para que siga manteniéndose prácticamente consolidado e inalterado veinte años después de aprobarse por consenso sus líneas maestras en la fase inicial de la transición. La primera Ley Orgánica Electoral aprobada en 1985 ratificó las bases del sistema diseñado en 1977 y amplió el desarrollo de la normativa aplicada durante el periodo de la transición política.
Bien es cierto que en los últimos tiempos se ha abierto un cierto debate sobre la oportunidad de introducir algunas modificaciones en el sistema electoral y adoptar el sistema de listas abiertas en vez de listas cerradas, habiéndose escuchado también algunas tímidas propuestas favorables al establecimiento de circunscripciones y candidaturas uninominales. Sin embargo parece muy dificil que en el complejo contexto político-electoral español las ventajas de otros sistemas compensaran los inconvenientes que resultarían, sobre todo en lo tocante a las circunscripciones uninominales, de lo cual el conjunto de la clase política es consciente.




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